Las criptomonedas nacieron con la finalidad de permitir realizar intercambios económicos sin la necesidad de intermediarios, a diferencia de las divisas tradicionales. Se crean electrónicamente, se emiten al margen de bancos y no responden a ningún país o institución.
En España actualmente no existe una regulación de las criptomonedas, si bien el Tribunal de Justicia de la Unión Europea las cataloga como una divisa virtual y como un medio de pago, las cortes generales aún no se han pronunciado al respecto.
Según lo expresado por la Unión Europea sí que podemos clasificar las criptomonedas en función de una serie de atributos:
- Representan valor en formato digital
- No las garantiza una autoridad pública
- Pueden almacenarse, transferirse y negociarse
- Pueden emplearse como medio de pago, cambio e inversión
Si consideramos las criptomonedas como dinero, estamos hablando de mercados financieros (en los cuales el objeto de la transacción es el propio dinero), en España este tipo de mercados están sujetos a supervisión administrativa. Los objetivos de la regulación de cualquier mercado financiero y por tanto el relativo a las criptomonedas son similares:
- Obtención de información de los datos económicos, circunstancias y sujetos que intervienen
- Establecer y definir las actividades de las entidades financieras que participan, así como su solvencia y correcta actuación
- Regular la relación que se acuerda entre las partes
- Crear entes públicos que supervisan el cumplimiento de las normas
Aquí nace un problema y es que la naturaleza y propósito del Bitcoin y las criptodivisas en general (más allá del intercambio económico) es mantener el anonimato de los participantes así como evitar la participación de intermediarios. Por ello llegados a un punto habrá que elegir entre limitar una parte de la naturaleza y libertad que aportan estos medios de pago o crear una legislación que tenga en cuenta que este es un mercado financiero sin precedentes con sus propias exigencias y necesidades.
España va a estar muy influida por la decisiones que se tomen a nivel comunitario al respecto y también por las decisiones del resto de países, como ha sucedido en Japón (primer país en considerar las criptodivisas como medios legales de pago), Alemania (que considera las criptomonedas un medio de pago legal no sujeto a tributación siempre que sean empleadas como medio de pago) o Estados Unidos (que les da la consideración de mercancías). Por el contrario países como China, Rusia o Vietnam han prohibido cualquier uso relacionado a las criptomonedas.
Aún falta camino por recorrer en el campo de las criptodivisas en nuestro país pero sí que se puede observar como las instituciones sienten desconfianza por la dificultad de control de estos novedosos productos económicos. Pese a esto la compra venta de Bitcoins y el resto de divisas electrónicas es legal actualmente en nuestro país.
Probablemente, dada la naturaleza y desarrollo de este tipo de divisas (completamente globales y descentralizadas), lo más efectivo sería una regulación supranacional que fuera lo suficientemente flexible para dejar espacio al progreso y el desarrollo.
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